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MERCADO DE CAPITALES

La CNV eliminó el uso de cheques para el ingreso y retiro de fondos en el mercado de capitales

El organismo estableció que las transferencias serán la única modalidad habilitada para los movimientos de dinero entre los agentes y sus clientes. La medida revierte una flexibilización implementada este año y no afecta la negociación de cheques de pago diferido.

PorTendencia de noticias
15 sept, 2026 11:17 a. m. Actualizado: 15 sept, 2026 11:17 a. m. AR
La CNV eliminó el uso de cheques para el ingreso y retiro de fondos en el mercado de capitales

Noticias Argentinas difundió que la Comisión Nacional de Valores (CNV) eliminó la posibilidad de utilizar cheques como medio de pago para el ingreso y egreso de fondos en el mercado de capitales y estableció que las transferencias serán la única modalidad habilitada para realizar esas operaciones.



La decisión fue formalizada este martes mediante la Resolución General 1166/2026, publicada en el Boletín Oficial, y modifica el esquema que había sido flexibilizado durante este año.



Según la explicación oficial, “la medida busca asegurar la disponibilidad inmediata de los fondos, eliminar eventuales rechazos asociados al uso de cheques y, al mismo tiempo, fortalecer los mecanismos de control y prevención frente a posibles conductas disvaliosas”.



La modificación se produce en un contexto de caída interanual de la recaudación del Impuesto sobre los Créditos y Débitos Bancarios, conocido como Impuesto al Cheque. Los ingresos por ese tributo disminuyeron un 11% interanual en junio, un 6,3% en julio y un 9% en agosto. Sin embargo, el Gobierno no vinculó esos datos con la decisión adoptada por la CNV.



Con el nuevo esquema, el ingreso de fondos deberá realizarse desde cuentas bancarias a la vista de titularidad o cotitularidad del cliente en entidades del país autorizadas por el Banco Central (BCRA). También podrán utilizarse Claves Virtuales Uniformes (CVU) asociadas a la CUIT del cliente, siempre que permitan identificar y garantizar la trazabilidad de los fondos provenientes de un Proveedor de Servicios de Pago (PSP) hacia cuentas bancarias autorizadas.



Para el egreso de fondos se aplicará un criterio similar. Los pagos deberán dirigirse a cuentas bancarias a la vista del cliente o a su CVU, bajo los mismos requisitos de identificación y trazabilidad. La disposición alcanza a los Agentes de Liquidación y Compensación (ALyC), independientemente de su subcategoría o modalidad operativa.



Los ALyC y las personas jurídicas registradas ante la CNV que participen en la colocación de Fondos Comunes de Inversión (FCI) u otros Productos de Inversión Colectiva (PIC) podrán, además, efectuar transferencias por cuenta y orden de sus clientes hacia cuentas bancarias a la vista de otros sujetos registrados, con el objetivo de acreditar los fondos en la subcuenta del mismo comitente.



La normativa recordó que resoluciones anteriores habían eliminado el uso de efectivo e incorporado el cheque electrónico (ECHEQ), con un límite máximo de dos pagos diarios por cliente mediante cheques de cualquier naturaleza. Ahora, la CNV decidió retirar esa posibilidad para el movimiento de fondos entre agentes y clientes.



El organismo aclaró expresamente que la modificación no afecta la operatoria de negociación de cheques de pago diferido en el mercado de capitales.



La resolución también contempla regímenes específicos para determinadas operaciones. En el caso de los inversores extranjeros sujetos a procedimientos especiales de debida diligencia establecidos por la Unidad de Información Financiera (UIF), podrán realizarse transferencias desde y hacia entidades reguladas por el BCRA que actúen como custodios locales del inversor o de una entidad financiera o bancaria del exterior.



En esos casos deberán existir instrucciones específicas o permanentes y cumplirse la normativa del Banco Central aplicable a la liquidación de operaciones de compra y venta de títulos valores en moneda extranjera.



Por último, los ALyC I AGRO podrán recibir fondos de clientes provenientes de actividades de corretaje de granos, agropecuarias o agroindustriales desde cuentas bancarias específicas de la propia entidad destinadas a esas operaciones. Para ello deberán identificar al originante y al beneficiario mediante CUIT, nombre y apellido, y garantizar la trazabilidad de los fondos desde su origen.

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